Los abogados que prestan sus servicios a través de Fondetec deben cumplir
requisitos específicos de experiencia y formación, de acuerdo con la normatividad
vigente y los criterios establecidos para la vinculación al Sistema de Defensa
Técnica Especializada.
No cualquier abogado puede hacer parte de Fondetec: un perfil
profesional con requisitos específicos
Fondetec evalúa las hojas de vida de los abogados bajo criterios determinados
para asegurar que quienes integren el Sistema de Defensa Técnica Especializada
cuenten con la preparación necesaria para asumir este tipo de casos.
El objetivo es garantizar que la defensa jurídica esté en manos de profesionales
con las competencias adecuadas para abordar situaciones jurídicas complejas que
involucren a miembros activos o retirados de la Fuerza Pública.
La principal diferencia de un abogado de Fondetec es que no se trata de cualquier
profesional del derecho. Para integrar el Sistema de Defensa Técnica
Especializada, los abogados deben acreditar experiencia y cumplir los requisitos
establecidos en la normatividad vigente y en los procesos de vinculación del
Sistema, con el fin de prestar el servicio de defensa técnica especializada.
Experiencia en casos relacionados con la Fuerza Pública
Los procesos derivados del servicio militar o policial tienen características
particulares que exigen comprender tanto el marco jurídico como el contexto
operacional en el que ocurrieron los hechos.
Por esta razón, los abogados vinculados al Sistema deben acreditar la experiencia
relacionada exigida por el Decreto 648 de 2021, correspondiente en litigio penal o
disciplinario. Asimismo, la experiencia en asuntos relacionados con la Fuerza
Pública fortalece la comprensión del contexto institucional y operacional en el que
ocurrieron los hechos.
Se trata de profesionales que conocen la dinámica institucional, los
procedimientos asociados al cumplimiento de la misión constitucional y las
particularidades que pueden surgir en investigaciones o procesos judiciales
relacionados con actos del servicio.
Conocimientos especializados requeridos para la prestación del
servicio
De conformidad con el principio de especialidad establecido en el artículo 3º de la
Ley 1698 de 2013, los defensores vinculados al Sistema deben acreditar estudios
de especialización o maestría en derecho disciplinario, penal o procesal penal;
experiencia en litigio penal o disciplinario, y conocimientos en derecho operacional
o en derechos humanos y derecho internacional humanitario.
Estos conocimientos contribuyen al análisis de los aspectos jurídicos y
operacionales que pueden estar presentes en una actuación relacionada con el
servicio y apoyan la construcción de estrategias de defensa acordes con las
particularidades de cada caso.